En España, la violencia de género es un problema persistente que continúa en aumento, lo que ha llevado al país a endurecer sus leyes para castigar el abuso. En esta línea, el Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que dar un beso sin consentimiento expreso constituye un delito de «agresión sexual».
El tribunal más alto de España determinó que un «beso robado» constituye una «intromisión en la libertad sexual» de la víctima porque el agresor lo hace con la intención de «obtener una satisfacción sexual a costa del otro».
La decisión se tomó en respuesta a una demanda específica en un caso específico, pero servirá como base legal para cualquier denuncia similar.

El caso del policía que trató de besar a una detenida en un juzgado de Sevilla fue rechazado por el Supremo en esta ocasión. A pesar del rechazo de la mujer, primero le dio un beso en la mejilla y luego trató de darle otro beso en los labios.
El máximo tribunal confirmó la condena a un año y nueve meses de cárcel impuesta al policía por la Audiencia Provincial de Sevilla, que también lo consideró un delito de agresión sexual.

¿Cuáles son los argumentos de los magistrados?
La modificación de la Ley de Libertad Sexual, también conocida como «solo sí es sí», fue la base de la sentencia del Supremo y la de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Los magistrados explican que con esta nueva regla, la víctima no necesita decir «no» cuando se trata de besar a una mujer, ya que ahora «es completamente diferente» porque la clave es si hubo consentimiento.
En esa línea, afirman que, independientemente de las circunstancias, «no puede entenderse que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra persona y darle un beso cuando la víctima no lo reconoce como prueba de cariño o afecto».
Por el contrario, afirman que se entiende «como un ataque personal a su intimidad y libertad sexual de consentir o no consentir a quién pueda acercarse a ella para hacer un acto tan íntimo y personal como es darle un beso».
Los jueces del Supremo español creen que la víctima no está obligada a aceptar actos de contenido sexual en su cuerpo, como un beso inconsentido en su rostro, porque «el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal».
Además, es En un extenso párrafo afirman que los besos sin consentimiento son un «ataque a la libertad de la mujer de decidir con quién quiere besarse o quién acepta y admite que le dé un beso».
La controversia por el beso de Rubiales
Los expertos señalan que más allá de que se trate de un fallo referido a un caso puntual, tendrá consecuencias sobre otras demandas posteriores.
Especialmente, explican, servirá para interpretar la causa contra Luis Rubiales, el expresidente de la Real Federación de Fútbol Española (RFEF).
Este expediente llegará a juicio en octubre próximo, y ahí se determinará si Rubiales, al besar de la forma en que lo hizo a la jugadora Jenni Hermoso durante la celebración del Mundial femenino, se pudo interpretar como una muestra de cariño o como un acto sexual.
La nueva ley española y su reforma
En el año 2022, el gobierno liderado por Pedro Sánchez promovió y consiguió la aprobación en el Congreso de una ley conocida como la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, la cual tiene como objetivo sancionar los delitos relacionados con los abusos sexuales.
Esta legislación es comúnmente referida como la Ley de Libertad Sexual o también como la ley del «solo sí es sí». Para muchos, esta ley representa un avance pionero a nivel mundial en defensa de los derechos de las mujeres. Sin embargo, sus detractores argumentan que vulnera la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley.

La reciente Ley de Libertad Sexual remarca la necesidad de consentimiento
El aspecto central de la norma, que también generó más discusión, se relaciona con la importancia del consentimiento previo antes de cualquier actividad sexual.
«Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona«, expone el texto legal.
De acuerdo con la ley, las acciones sexuales sin consentimiento se consideran agresiones y se castigan con diversas penas, dependiendo de las circunstancias y los agravantes del caso.
Es importante señalar que una agresión sexual no requiere necesariamente el uso de la fuerza, ni que la víctima haya intentado resistirse, ya que su pasividad podría estar condicionada por intimidación ambiental o por el consumo de alcohol u otras sustancias.
Sin embargo, la norma presentó un vacío legal que generó reacciones negativas, como la reducción de la pena para algunos condenados por delitos sexuales.
Tras seis meses, el tema fue sometido a una reforma en el Congreso, la cual contó con la aprobación de la oposición.
Se decidió mantener un único delito de agresión sexual, pero se introdujo un subtipo para diferenciar entre agresión con violencia e intimidación, o sin ella.
Además, se realizaron modificaciones en algunas penas. Una vez que se realizaron las correcciones necesarias, la reforma entró en vigencia.
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